Alamar Abogados logotipo  
Inicio
Áreas de Trabajo
Artículos
Noticias
Revista de Prensa
VALENCIA   -   CONTACTO







Cirilo Amorós 76
46004 Valencia
Tel. (34) 963 106 580
Fax. (34) 963 106 613
E-mail:
Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla
   
Inicio
miércoles, 08 de septiembre de 2010
Nueva regulación del "ISBN" desde el 13 de enero de 2009. Imprimir E-Mail

El International Standard Book Number o ISBN, es un número creado para dotar a cada libro, entendido como título monográfico, de un código numérico que lo identifique.  Este sistema, utilizado para la práctica totalidad de las ediciones de libros, se ha convertido en un instrumento de identificación para cualquier libro, que permite el uso de herramientas informáticas para su localización y que facilita, por tanto, su circulación en el mercado editorial. 

El ISBN además de un código numérico adscrito a cada libro es un instrumento de localización y difusión del mismo como soporte cultural. El sistema internacional de numeración de libros es un mecanismo de identificación normalizado, cuyas reglas son elaboradas por la Agencia Internacional del ISBN, que es la entidad de naturaleza jurídico-privada responsable de la aplicación mundial del International Standard Book Number, Estándar ISO 2108, y que se conforma como una Sociedad limitada de garantía sin ánimo de lucro, con domicilio en el Reino Unido.

En España, la gestión del ISBN, corresponde a la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas. El ISBN debe aparecer siempre en la publicación de que se trate, de modo visible  e inequívocamente reconocible. 

La nueva regulación del International Standard Book Number o "ISBN" contempla las publicaciones que lo deben contener y aquellas que no deben utilizar el código, entre otras: los catálogos comerciales y publicitarios. 

La asignación del ISBN tiene valor identificativo a los solos efectos de difusión y comercialización, sin que dicha asignación comporte elemento alguno de valoración de la obra registrada, ni acredite la publicación efectiva de la misma. En el comentario publicado en la sección de "Artículos" de esta web se indican las publicaciones que deben contener el "ISBN" y aquellas que no deben utilizar el código, así como la forma de indicación del mismo. 

 

 
< Anterior   Siguiente >
Todos los derechos reservados - © Copyright: 2007-2009 Alamar Abogados, S.L.P. - Web diseñada por VLC design